Medidas para el ingreso de extranjeros a Colombia por vía aérea o marítima
El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia ha expedido diferentes disposiciones migratorias disponibles en su página web oficial, y se realizan las siguientes recomendaciones para participantes extranjeros:
Ver ABC de visas — Cancillería de ColombiaLa Unidad Administrativa Especial Migración Colombia exige diligenciar este formulario online 24 horas antes del vuelo.
Diligenciar Check-MigLos participantes extranjeros cuyo país de origen requiera visa de Colombia son responsables de tramitar y asumir los costos de este documento directamente ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, siguiendo el procedimiento oficial publicado en su página web. Para saber si necesitas visa, consulta la sección "¿Necesito una visa?" en el sitio oficial.
Deberás presentar tu pasaporte y la carta de invitación o aceptación de UNINAVARRA ante los oficiales de Migración Colombia a tu llegada, para que estampen en tu pasaporte el Permiso de Integración y Desarrollo (PID).
Para los nacionales de países del Acuerdo CAN - Mercosur que no cuenten con pasaporte, según la Resolución 3167 de 2019 de Migración Colombia (artículo 64), podrán presentar el documento de identidad de su país de origen junto con la carta de invitación o aceptación de UNINAVARRA. Deberán solicitar ante los oficiales de Migración Colombia la "Tarjeta Migratoria Electrónica CAN - MERCOSUR", donde se les registrará el Permiso de Integración y Desarrollo (PID).
Ver Resolución 3167 de 2019
